En este apartado, se tendrá por fin, explicar el procedimiento que se realiza para suspender los derechos humanos reconocidos en la Constitución Mexicana, y los casos excepcionales para ello, así también, de las facultades extraordinarias que se le confiere al Ejecutivo Federal y otros aspectos. 8.1 Análisis al artículo 29 Constitucional El artículo 29 Constitucional establece que el régimen de suspensión de garantías (y derechos), conocido doctrinalmente como estado de excepción. Deben distinguirse dos instituciones que se regulan en el precepto en análisis a saber: la suspensión de los derechos humanos y las facultades extraordinarias, lo que entraña una de las pocas excepciones al principio de la división de poderes, toda vez que en los términos del artículo 49, el Congreso puede delegar en el Ejecutivo Federal facultades legislativas para hacer frente a la emergencia. La normalidad constitucional involucra que los mandatos del Código Supremo y de las leyes ...